miércoles, 24 de febrero de 2010

Ruralcaja deberá indemnizar a sus clientes según sentencia del Tribunal Supremo

Caja Rural de Valencia, ahora Ruralcaja, comercializó a partir de marzo de 1999 un total de 24 ediciones sucesivas de inversiones de plazo atípicas entre sus clientes, 19 de ellas sin que se plantearan problemas y una última en la que tuvieron pérdidas que afectaban al capital invertido.
El producto se ofreció y contrató "de modo indiscriminado" en las oficinas de la provincia o se encargó el director de las oficinas de contratación. En la mayoría de los casos no se explicó a los clientes la particularidad del producto y que podían perder parte o todo el capital y añade que los clientes eran jubilados o agricultores, con mentalidad muy conservadora, poco amigos de asumir riesgos y que siempre contrataban imposiciones a plazo fijo típicas. Muchos se limitaban a firmar y se fiaban de lo que decía el director, por lo que se disgustaron cuando advirtieron las pérdidas.
La caja les ofreció entonces un segundo anexo en los contratos para los suscriptores de la última edición para comprar las acciones, esperar a que subiera la cotización y venderlas para recuperar la pérdida, quedando las acciones a nombre de la entidad en depósito, que fue lo que anuló la Audiencia en su sentencia y obligó a la Caja a restituir a cada afectado el 50% del nominal de la inversión inicial en estos productos y los intereses. Asimismo, declaró la nulidad de los contratos de compraventa directa de acciones y condenó a restituir los importes.
La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) que representa a los 238 afectados re4clama una suma superior a los 3M€ incluyendo intereses desde el año 2,000.

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